El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), la Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO), y la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), expresaron su preocupación por la transgresión a la Constitución y la democracia, en que se traduciría la aprobación y modificación a la Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral, adjudicándose la competencia de los gremios profesionales y otras asociaciones, como recientemente anunciara el Senado de la República.
Los dirigentes gremiales y sociales llaman particularmente la atención de los diputados, para que corrijan los referidos desfases, contenidos en el proyecto aprobado por el senado, por ejemplo, en el artículo 12 numeral diez se consignan competencias fuera de los criterio y pautas constitucionales, y citamos:
10) Conocer y decidir los conflictos que surjan a lo interno de los colegios gremiales constituidos por ley como corporación de derecho público y los gremios o las asociaciones legalmente constituidas, en ocasión de la celebración de las elecciones para escoger a sus directivos, así como también de las impugnaciones contra las resoluciones, actos y demás decisiones que sean dictados por los entes encargados de la celebración de las elecciones de las entidades de estas entidades, siempre que las mismas violen o límite de forma irrazonable los derechos de ciudadanía en sus miembros. En términos similares también se expresa en relación con los amparos el articulo 32 y su párrafo.
El gremio que agrupa los abogados explicó que ni siquiera para el Poder Legislativo, el más poderoso y representativo de los Poderes Públicos, por lo menos en teoría y dada su amplia representatividad, estaría disponible, la capacidad para legislar apartándose del mandato constitucional y propósitos que limitativamente a nivel de reserva de ley le augura el artículo 214 de la constitución, al disponer y citamos: Tribunal Superior Electoral.
El Tribunal Superior Electoral es el órgano competente para juzgar y decidir con carácter definitivo sobre los asuntos contencioso electorales y estatuir sobre los diferendos que surjan a lo interno de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos o entre éstos. Reglamentará, de conformidad con la ley, los procedimientos de su competencia y todo lo relativo a su organización y funcionamiento administrativo y financiero.
Las entidades de sociedad civil aseguraron que el Tribunal Superior Electoral, es una justicia política, de excepción y especializada, estricta y exclusivamente para los temas de naturaleza democrática y electoral, sobre todo en el marco de los poderes públicos y la constitución, nunca enfocada a lo privado, en consecuencia, asumir competencia de los gremios y otras asociaciones sería un despropósito y desnaturalización de las funciones del TSE.